iquique

2 de julio de 2019

Comenzará entrega de permisos de Transporte para La Tirana

DESDE EL LUNES 8 DE JULIO EL MINISTERIO DE TRANSPORTES DE TARAPACÁ COMENZARÁ ENTREGA DE PERMISOS PARA LA TIRANA

clickandgo

Interesados podrán solicitar el permiso especial, con motivo de la fiesta, desde el lunes 8 al 15 de julio, en la oficina de la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones ubicada en Padre Hurtado N°2140, de 9.00 a 13.00 horas. Quienes cumplan los requisitos podrán prestar el servicio entre el lunes 8 y el domingo 21 de julio.

 Las Resoluciones Exentas N°583/2019 y N°593/2019, dictadas por el Seremi de Transportes y Telecomunicaciones Carlos Navarrete ya fueron publicadas y permitirán, a partir del lunes 8 de julio, que aquellos interesados en prestar el servicio de transporte público de pasajeros desde y hacia el pueblo de La Tirana por la festividad religiosa, puedan obtener la autorización especial para ingresar y salir del pueblo sin inconvenientes.

Para ello, los transportistas deberán acudir a las oficinas ubicadas en calle Padre Hurtado N°2140 (entre avenidas Diagonal Francisco Bilbao y Arturo Prat) en la ciudad de Iquique, entre el lunes 8 y el lunes 15 de julio desde las 9.00 y hasta las 13.00 horas.

Según lo que informó el Seremi de Transportes Carlos Navarrete, “el Servicio de transporte público de pasajeros urbanos, rurales e interurbanos desde y hacia el pueblo de La Tirana, lo podrán realizar entre el lunes 8 y el lunes 21 de julio de 2019. Este servicio podrá ser prestado por buses, minibuses y taxis en cualquiera de sus modalidades, debidamente inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros. (RNSTPP), además de contar con Certificado de Revisión Técnica aprobado por una Planta Revisora Clase A”.

Los vehículos de transporte público con inscripción vigente deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. La antigüedad máxima de fabricación no podrá ser superior a 7 años, para taxis en todas sus modalidades y buses urbanos licitados, se exceptúan los servicios Inscritos en RNSTPP como rurales e interurbanos.
  2. Los servicios de locomoción colectiva que presten servicio entre Iquique y la localidad de La Tirana, que se acojan al Decreto Supremo 237/1992 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y que soliciten efectuar servicio desde los paraderos fijados por las municipalidades deberán requerir la autorización especial referida en la presente resolución.
  3. Para efectuar servicio de transporte público de pasajeros, desde los paraderos fijados por las Municipalidades (como se indica en el punto 8 de la presente resolución), deberán contar con una autorización especial, escrita, foliada, firmada y timbrada por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Tarapacá, cuyo modelo se adjunta.
  4. El retiro de la autorización, sólo se podrá realizar por el propietario del vehículo o, en su defecto, por un tercero, quien deberá presentar una autorización notarial.

Cabe destacar que el servicio de transporte privado remunerado de pasajeros realizado en buses y minibuses, deberá acogerse a lo establecido en el Decreto Supremo 80 del 2004 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones es decir, disponer del contrato y el formulario de nómina de pasajeros para viaje ocasional, timbrado por la SEREMITT, y no podrá utilizar los paraderos asignados por los municipios para el transporte público de pasajeros.

En tanto, los servicios de transporte público prestado en buses urbanos, sólo podrán solicitar autorización para un máximo de un 30% de la flota inscrita en RNSTPP.

A su vez, los taxis colectivos inscritos bajo el marco de la ley 20.474, sólo serán autorizados para prestar servicios los días 13, 14, 15, 16, 20 y 21 de julio, en estricta relación con el punto N° 4 de la Resolución Exenta 338 del 28 de mayo de 2013 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Los buses y minibuses inscritos en el RNSTPP de Tarapacá, bajo la modalidad de transporte rural y que cuenten en su recorrido habitual como punto de destino la localidad de La Tirana, no les será exigible la presente autorización para ocupar el estacionamiento definido por la Municipalidad de Pozo Almonte; sin embargo, de ocupar los paraderos definidos por los municipios de Iquique, Alto Hospicio y Pozo Almonte, fuera de sus terminales regulares, deberán presentar la autorización que alude la presente resolución.

Las tarifas serán fijadas en forma libre, debiendo ser anunciadas al público, mediante caracteres destacados conforme a lo dispuesto en el Artículo N° 48 del D.S. 212/92 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Los lugares de salida y/o llegada del transporte público de pasajeros en las comunas de Iquique, Alto Hospicio, Pozo Almonte y la localidad de La Tirana, serán definidas por las respectivas municipalidades.

Las empresas de buses interurbano que deseen realizar servicios desde terminales de buses fuera de la Región de Tarapacá hasta la localidad de la Tirana, deberán solicitar la autorización en la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Tarapacá, entregando la nómina de vehículos y los documentos señalados.

El servicio de transporte público de pasajeros, desde y hacia el pueblo de La Tirana, podrá ser prestado por buses, minibuses y taxis en cualquiera de sus modalidades, para lo cual deberán contar con Certificado de Revisión Técnica aprobado por una Planta Revisora Clase «A» y el Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de pasajeros.

Por último, personal de Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, fiscalizarán el estricto cumplimiento de la Resolución, denunciando las infracciones que se constaten al Juzgado de Policía Local.

DOCUMENTOS PARA SOLICITAR PERMISO ESPECIAL PARA REALIZAR SERVICIO HACIA LA TIRANA

Para buses urbanos, rurales e interurbanos:

–     Los buses urbanos sólo podrán solicitarlo para el 30% de la flota (quienes no recibirán subsidio establecido por el artículo N°3, letra B de la Ley N°20378)

–     Antigüedad máxima del vehículo debe ser año 2012 (buses urbanos).

–     El trámite lo realiza el representante legal del servicio.

–     Listado de vehículos que solicitan permiso.

–     Fotocopia de certificado de revisión técnica vigente.

–     Fotocopia de certificado de inscripción en RNSTPP vigente (cartola).

Para taxis colectivos (urbanos) antigüedad máxima del vehículo debe ser año 2012:

–     El trámite lo realiza el representante legal del servicio.

–     Listado de vehículos que solicitan permiso.

–     Fotocopia de certificado de revisión técnica vigente.

–     Fotocopia de certificado de inscripción en RNSTPP vigente (cartola).

Para taxis básicos la antigüedad máxima del vehículo debe ser año 2012:

–   El trámite lo realiza el propietario del servicio quien deberá presentar su cédula de identidad y en el caso de no ser propietario, deberá entregar la autorización notarial en original con fotocopia simple del RUN de quién esté autorizado para retirar.

–     Fotocopia de certificado de revisión técnica vigente.

–     Fotocopia de certificado de inscripción en RNSTPP vigente (cartola).

–     Retira solo el propietario.

Para mayor información puede consultar al teléfono 224213600 de lunes a jueves de 9 a 17.30 horas y los viernes de 9 a 16.30 horas.

TEMAS
principal