La Fiscalía Local de Iquique formalizó a un imputado por el delito de tráfico ilícito de drogas, tras ser sorprendido en la avanzada aduanera de El Loa transportando ovoides con ketamina y cocaína. Luego de una ampliación del plazo de detención, la fiscal Camila Albarracín lideró este lunes la audiencia de formalización. Durante la instancia, expuso que los hechos ocurrieron el pasado jueves 21 de agosto, alrededor de las 16:00 horas, cuando funcionarios de Aduanas fiscalizaron un bus que se dirigía desde Iquique hacia Santiago. Durante el procedimiento, seleccionaron al imputado Y.F.P., de nacionalidad boliviana, quien confesó haber ingerido ovoides en Bolivia con la intención de ingresar droga a territorio chileno. El Ministerio Público señaló que el procedimiento fue derivado a la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado Iquique de la PDI, la que concretó la detención del imputado y efectuó las pericias correspondientes. Estas permitieron establecer que el sujeto transportaba un total de 80 cápsulas ovoidales: 72 contenían ketamina y 8 contenían cocaína base, con un peso total de 954,52 gramos. La Fiscalía formalizó al imputado por tráfico ilícito de drogas y sustancias psicotrópicas, solicitando la medida cautelar de prisión preventiva, por considerar que su libertad representa un peligro para la seguridad de la sociedad. El tribunal acogió la solicitud y fijó un plazo de investigación de 120 días.
La Corte Suprema ha rechazado un recurso de casación presentado en contra de la sentencia que acogió una demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual contra la empresa Transportes Cruz del Sur Limitada, tras un accidente de tránsito que dejó pasajeros lesionados. El hecho tuvo lugar en octubre de 2017, en el kilómetro 1.200 de la Ruta 5 Sur, en la comuna de Chonchi. En una decisión unánime, la Primera Sala del máximo tribunal desestimó el recurso al considerar que estaba mal formulado. La empresa argumentó que no se había acreditado el tiempo de recuperación de 14 demandantes, por lo que la indemnización se fijó prudencialmente. Además, solicitó anular el fallo y dictar uno nuevo con indemnizaciones más bajas. La resolución destacó que el recurso de casación en el fondo debe explicar los errores cometidos, especialmente en temas legales. En este caso, se mencionó que la controversia giraba en torno a la responsabilidad extracontractual y se debía hacer referencia al artículo 169 de la Ley Nº18.290. Sin embargo, se aclaró que la impugnación del monto concedido por daño moral no era parte del recurso y correspondía a una facultad exclusiva de los jueces del fondo, por lo que no era revisable en esta instancia. La Corte Suprema estimó que el recurso de casación presentado en representación de Transportes Cruz del Sur Limitada estaba mal formulado. En conclusión, la Corte Suprema ha rechazado el recurso de casación presentado por Transportes Cruz del Sur Limitada, manteniendo así la sentencia inicial que acogió la demanda de indemnización por responsabilidad extracontractual tras el accidente ocurrido en 2017. Fuente: CNN Chile País
El Segundo Juzgado de Letras de Arica condenó al Hospital Regional Dr. Juan Noé Crevani de dicha ciudad por la discriminación que sufrió un menor de 9 años de edad, diagnosticado con trastorno del espectro autista (TEA). En el fallo, el tribunal acogió -con costas- la acción y ordenó el pago de una multa de 50 UTM, al establecer que el centro asistencial no adoptó medidas razonables en la atención del paciente pediátrico, pese a estar en conocimiento del diagnóstico de TEA severo. De acuerdo a lo señalado por el Poder Judicial, el fallo señala que la prueba rendida “permite concluir que el niño (…) presentó una reacción adversa durante la atención médica del 8 de octubre de 2024, manifestando angustia y desregulación conductual, lo cual es acreditado por el relato consistente de la madre y confirmado por el informe psicológico posterior, en el que se describen síntomas de trauma posatención, regresión y evitación de citas médicas”. “Además, permite concluir que el profesional médico no suspendió ni reprogramó la atención pese a la solicitud expresa de la madre, quien pidió postergar el examen dada la desregulación del niño, lo cual se corrobora con los reclamos ingresados, el tenor de la carta al director, y el tenor general de la prueba testimonial rendida”, se agrega. Del mismo modo, se indicó que “en el presente caso, el establecimiento hospitalario no desplegó medidas efectivas para adaptar la atención al contexto clínico y conductual del niño, pese a contar con información previa sobre su condición y que, la conducta imputada al profesional médico, aunque negada, implica conforme al principio de interés superior del niño y a la normativa que impone ajustes razonables, una omisión de estos ajustes, frente a un niño con discapacidad, lo que constituye una restricción injustificada en el acceso igualitario a la salud“. “Que, en otro aspecto, el daño emocional sufrido por el niño, que motivó la pérdida de citas médicas y la aparición de conductas regresivas, se encuentra suficientemente acreditado a través de la prueba testimonial y documental aportada, lo que confirma la perturbación en sus derechos fundamentales“, se añade. Por todo lo anterior, se acogió la acción de no discriminación arbitraria, se ordenó al hospital adoptar medidas urgentes para atención de niños TEA, junto con el pago de la multa de 50 UTM, es decir, unos $3.4 millones. Fuente: CNN Chile País
El Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred) ha informado que están monitoreando de cerca la actividad del Complejo Volcánico Laguna del Maule, ubicado en la comuna de San Clemente. Esta vigilancia se debe a que se ha registrado un enjambre sísmico en la zona, con más de 100 temblores reportados en tan solo 3 horas. Según Senapred, en las últimas horas ha habido un aumento en la ocurrencia de sismos relacionados con el fracturamiento de roca (Volcano-tectónicos). Ante esta situación, las autoridades han mantenido al Complejo Volcánico Laguna del Maule en alerta técnica nivel Verde. Por su parte, el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) ha asegurado que continuarán con la vigilancia constante del volcán. Fuente: ADN Radio Nacional
En la madrugada de este jueves, habitantes de diversas localidades del norte de Chile, como Iquique o Sierra Gorda en Calama, fueron testigos de un fenómeno impactante: un objeto incandescente cruzando el cielo. Este evento quedó registrado en varios videos, mostrando un objeto luminoso moviéndose rápidamente y dejando una estela. Aunque aún no se ha confirmado si el objeto llegó al suelo chileno, las imágenes difundidas no permiten ver el final de su trayectoria. A pesar de que la Dirección Meteorológica y el Servicio Aeronáutico no han emitido declaraciones oficiales, el meteorólogo Gianfranco Marcone señaló en T13 AM que lo observado podría tratarse de un meteoro, es decir, “una roca que entra a la atmósfera y, con el roce de distintas capas, comienza a desintegrarse”. En caso de que este objeto toque tierra y sea recuperado, “se denominaría meteorito”, agregó. Sin embargo, no descartó otras posibilidades. Entre ellas, mencionó la posibilidad de basura espacial, escombros de satélites o cohetes que, al reingresar a la atmósfera, generan un efecto visual similar al de un meteorito. “Habría que investigar un poquito más”, concluyó. https://www.instagram.com/reel/DMfQ1ncTYVh/?utm_source=ig_web_copy_link&igsh=MTA3amdjczhubXE5dg== Fuente: ADN Radio Nacional
La Fiscalía Local de Iquique formalizó a un imputado por el delito de tráfico ilícito de drogas, tras ser sorprendido en la avanzada aduanera de El Loa transportando ovoides con ketamina y cocaína. Luego de una ampliación del plazo de detención, la fiscal Camila Albarracín lideró este lunes la audiencia de formalización. Durante la instancia, expuso que los hechos ocurrieron el pasado jueves 21 de agosto, alrededor de las 16:00 horas, cuando funcionarios de Aduanas fiscalizaron un bus que se dirigía desde Iquique hacia Santiago. Durante el procedimiento, seleccionaron al imputado Y.F.P., de nacionalidad boliviana, quien confesó haber ingerido ovoides en Bolivia con la intención de ingresar droga a territorio chileno. El Ministerio Público señaló que el procedimiento fue derivado a la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado Iquique de la PDI, la que concretó la detención del imputado y efectuó las pericias correspondientes. Estas permitieron establecer que el sujeto transportaba un total de 80 cápsulas ovoidales: 72 contenían ketamina y 8 contenían cocaína base, con un peso total de 954,52 gramos. La Fiscalía formalizó al imputado por tráfico ilícito de drogas y sustancias psicotrópicas, solicitando la medida cautelar de prisión preventiva, por considerar que su libertad representa un peligro para la seguridad de la sociedad. El tribunal acogió la solicitud y fijó un plazo de investigación de 120 días.
La Corte Suprema ha rechazado un recurso de casación presentado en contra de la sentencia que acogió una demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual contra la empresa Transportes Cruz del Sur Limitada, tras un accidente de tránsito que dejó pasajeros lesionados. El hecho tuvo lugar en octubre de 2017, en el kilómetro 1.200 de la Ruta 5 Sur, en la comuna de Chonchi. En una decisión unánime, la Primera Sala del máximo tribunal desestimó el recurso al considerar que estaba mal formulado. La empresa argumentó que no se había acreditado el tiempo de recuperación de 14 demandantes, por lo que la indemnización se fijó prudencialmente. Además, solicitó anular el fallo y dictar uno nuevo con indemnizaciones más bajas. La resolución destacó que el recurso de casación en el fondo debe explicar los errores cometidos, especialmente en temas legales. En este caso, se mencionó que la controversia giraba en torno a la responsabilidad extracontractual y se debía hacer referencia al artículo 169 de la Ley Nº18.290. Sin embargo, se aclaró que la impugnación del monto concedido por daño moral no era parte del recurso y correspondía a una facultad exclusiva de los jueces del fondo, por lo que no era revisable en esta instancia. La Corte Suprema estimó que el recurso de casación presentado en representación de Transportes Cruz del Sur Limitada estaba mal formulado. En conclusión, la Corte Suprema ha rechazado el recurso de casación presentado por Transportes Cruz del Sur Limitada, manteniendo así la sentencia inicial que acogió la demanda de indemnización por responsabilidad extracontractual tras el accidente ocurrido en 2017. Fuente: CNN Chile País
El Segundo Juzgado de Letras de Arica condenó al Hospital Regional Dr. Juan Noé Crevani de dicha ciudad por la discriminación que sufrió un menor de 9 años de edad, diagnosticado con trastorno del espectro autista (TEA). En el fallo, el tribunal acogió -con costas- la acción y ordenó el pago de una multa de 50 UTM, al establecer que el centro asistencial no adoptó medidas razonables en la atención del paciente pediátrico, pese a estar en conocimiento del diagnóstico de TEA severo. De acuerdo a lo señalado por el Poder Judicial, el fallo señala que la prueba rendida “permite concluir que el niño (…) presentó una reacción adversa durante la atención médica del 8 de octubre de 2024, manifestando angustia y desregulación conductual, lo cual es acreditado por el relato consistente de la madre y confirmado por el informe psicológico posterior, en el que se describen síntomas de trauma posatención, regresión y evitación de citas médicas”. “Además, permite concluir que el profesional médico no suspendió ni reprogramó la atención pese a la solicitud expresa de la madre, quien pidió postergar el examen dada la desregulación del niño, lo cual se corrobora con los reclamos ingresados, el tenor de la carta al director, y el tenor general de la prueba testimonial rendida”, se agrega. Del mismo modo, se indicó que “en el presente caso, el establecimiento hospitalario no desplegó medidas efectivas para adaptar la atención al contexto clínico y conductual del niño, pese a contar con información previa sobre su condición y que, la conducta imputada al profesional médico, aunque negada, implica conforme al principio de interés superior del niño y a la normativa que impone ajustes razonables, una omisión de estos ajustes, frente a un niño con discapacidad, lo que constituye una restricción injustificada en el acceso igualitario a la salud“. “Que, en otro aspecto, el daño emocional sufrido por el niño, que motivó la pérdida de citas médicas y la aparición de conductas regresivas, se encuentra suficientemente acreditado a través de la prueba testimonial y documental aportada, lo que confirma la perturbación en sus derechos fundamentales“, se añade. Por todo lo anterior, se acogió la acción de no discriminación arbitraria, se ordenó al hospital adoptar medidas urgentes para atención de niños TEA, junto con el pago de la multa de 50 UTM, es decir, unos $3.4 millones. Fuente: CNN Chile País
El Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred) ha informado que están monitoreando de cerca la actividad del Complejo Volcánico Laguna del Maule, ubicado en la comuna de San Clemente. Esta vigilancia se debe a que se ha registrado un enjambre sísmico en la zona, con más de 100 temblores reportados en tan solo 3 horas. Según Senapred, en las últimas horas ha habido un aumento en la ocurrencia de sismos relacionados con el fracturamiento de roca (Volcano-tectónicos). Ante esta situación, las autoridades han mantenido al Complejo Volcánico Laguna del Maule en alerta técnica nivel Verde. Por su parte, el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) ha asegurado que continuarán con la vigilancia constante del volcán. Fuente: ADN Radio Nacional
En la madrugada de este jueves, habitantes de diversas localidades del norte de Chile, como Iquique o Sierra Gorda en Calama, fueron testigos de un fenómeno impactante: un objeto incandescente cruzando el cielo. Este evento quedó registrado en varios videos, mostrando un objeto luminoso moviéndose rápidamente y dejando una estela. Aunque aún no se ha confirmado si el objeto llegó al suelo chileno, las imágenes difundidas no permiten ver el final de su trayectoria. A pesar de que la Dirección Meteorológica y el Servicio Aeronáutico no han emitido declaraciones oficiales, el meteorólogo Gianfranco Marcone señaló en T13 AM que lo observado podría tratarse de un meteoro, es decir, “una roca que entra a la atmósfera y, con el roce de distintas capas, comienza a desintegrarse”. En caso de que este objeto toque tierra y sea recuperado, “se denominaría meteorito”, agregó. Sin embargo, no descartó otras posibilidades. Entre ellas, mencionó la posibilidad de basura espacial, escombros de satélites o cohetes que, al reingresar a la atmósfera, generan un efecto visual similar al de un meteorito. “Habría que investigar un poquito más”, concluyó. https://www.instagram.com/reel/DMfQ1ncTYVh/?utm_source=ig_web_copy_link&igsh=MTA3amdjczhubXE5dg== Fuente: ADN Radio Nacional