Nueva legislación protege a pacientes electrodependientes
Los ministros Juan Carlos Jobet y Karla Rubilar entregaron detalles de la nueva Ley de Electrodependientes, destacando que las empresas eléctricas deben llevar un registro de los pacientes en sus zonas de concesión. La denominada “Ley Lucas Riquelme”, beneficiará a 22 mil pacientes que necesitan estar conectados a un dispositivo para vivir. Luego de más […]
el miércoles pasado a las 9:35
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- Los ministros Juan Carlos Jobet y Karla Rubilar entregaron detalles de la nueva Ley de Electrodependientes, destacando que las empresas eléctricas deben llevar un registro de los pacientes en sus zonas de concesión.
- La denominada “Ley Lucas Riquelme”, beneficiará a 22 mil pacientes que necesitan estar conectados a un dispositivo para vivir.
Luego de más de tres años de tramitación, el pasado 21 de diciembre fue aprobada la nueva normativa que busca asegurar el tratamiento de pacientes en hospitalización domiciliaria y necesitan estar conectados permanentemente a un elemento médico que requieren suministro eléctrico para funcionar.
El biministro de Energía y Minería, Juan Carlos Jobet explicó “muchos chilenos, por enfermedades, necesitan hospitalización domiciliaria y dependen de equipos que funcionan con electricidad. La ansiedad para ellos y sus cuidadores frente a un corte de energía es muy alta y necesitan una alternativa que les dé tranquilidad. Es su salud y calidad de vida la que está en juego”.
Por su parte, la ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar indicó que “para la mayoría no pasa de ser una molestia, o un mal rato, para otros es mucho más que eso. Es un problema de salud, pues su vida depende del buen funcionamiento de una máquina, son las llamadas personas electrodependientes. Lo que vimos fue la angustia de muchas familias y personas que sufrían día a día por estas interrupciones de energía que, por un lado, eran cada vez más prolongadas y, por otra parte, no se contaba con información precisa sobre la reposición de un suministro vital para ellos. Y como parlamentaria, en la época en que se tramitó la ley, esa situación me preocupó, y me preocupa aún más como Ministra de Desarrollo Social y Familia”.
Tarapacá
La seremi de Energía de Tarapacá, Ximena Cancino, se refirió al registro de pacientes electrodependientes en la región. “En Tarapacá, la Superintendencia de Electricidad y Combustible, SEC, posee un registro de 71 pacientes electrodependientes para resguardar su salud, asegurando el suministro continuo de electricidad o resguardando que cuenten siempre con generadores o el respaldo que necesitan para el correcto funcionamiento de los equipos médicos. Para inscribirse en este registro, se debe ingresar a la página web de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, en https://sec.custhelp.com/ o en la empresa distribuidora local”.
Agregó “tal como lo anunció el ministro Jobet, estas medidas se han informado a las empresas, para ir en ayuda de estos pacientes, ya sea aplicando descuentos en sus cuentas de luz o asegurando el suministro eléctrico”.
Sobre la nueva Ley
- “Son personas electrodependientes aquellas que para el tratamiento de la patología que padecen se encuentran en condición de hospitalización domiciliaria y necesitan permanecer conectadas físicamente, de forma continua o transitoria, a un elemento de uso médico y que requieren suministro eléctrico para su funcionamiento. Sin él, estarían en riesgo vital o de secuela funcional severa grave.
- Las empresas concesionarias del servicio público de distribución eléctrica deberán llevar un registro de personas electrodependientes con residencia en su respectiva zona de concesión.
- El incumplimiento de la obligación establecida en el inciso anterior se considerará una infracción gravísima que será sancionada de conformidad con las normas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
- Las empresas concesionarias descontarán el consumo de energía asociado al funcionamiento de los dispositivos de uso médico que requiera una persona electrodependiente.
- Para hacer efectiva la obligación establecida en el inciso anterior, las empresas concesionarias deberán incorporar entre el sistema de conexión central del domicilio y los dispositivos de uso médico, un mecanismo de medición de consumo de costo de la empresa, medición que deberá ser descontada del total mensual de consumo del domicilio”.
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